17 Ene CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA DE LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA
Cuando se entregan cantidades a una promotora, reserva, contrato de compraventa, etc., en una promoción en construcción, el cliente tiene derecho a que se le entregue un aval que garantice las cantidades entregadas. Con mucha habitualidad esto no se produce. Posteriormente la promotora entra en concurso de acreedores, la promoción no se realiza, por unos u otros motivos, y finalmente no se devuelven dichas cantidades. En estos caso, puede intentarse reclamar a la entidad bancaria donde se han ingresado esas cantidades. El cliente debe acreditar que se compraba el inmueble como vivienda o segunda residencia, no para especular. Hemos llevado varios casos recientemente con éxito para nuestros clientes.
Enrique Sánchez González.
enriquesanchez@guerreroabogados.com